17 de marzo de 2010

Ley para la integración de las personas con discapacidad



Rosa Olivia Pozos

En días pasados para ser exactos el 26 de febrero de este mismo año, por unanimidad diputados que representan los diversos partidos en la LXI Legislatura del Congreso de Veracruz, aprobaron LA LEY PARA LA INTEGRACION DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD, parece una buena noticia que debe difundirse inmediatamente, así poder
Asegurar que no debe haber pretextos para que sobre todo los niños y niñas que presentan alguna discapacidad visual, intelectual, auditiva, motora o trastorno del desarrollo generalizado, desde la más temprana edad puedan acceder al derecho pleno de ser atendidos en condiciones de igualdad, como todos los demás, vigilar por su desarrollo integral e inclusión social con respeto a su dignidad.
Esto quiere decir señores, señoras madres de familia, que con esta LEY SERA OBLIGATORIO que las autoridades educativas den acceso a la solicitud de ficha de preinscripción para una futura integración escolar, sea la directora influyente o no, sindicalizada o no, amiga o mamá que ha tenido la ventaja de no tener en casa un hijo o hija con necesidades educativas especiales, como para no entender este derecho, ahora esta ley dispone proteger y asegurar el goce pleno de recibir educación en el nivel que sea, inicial, preescolar, primaria, secundaria e incluso estudios superiores, con los apoyos específicos que las autoridades correspondientes deben de facilitar.
Hasta ayer, acceder a la rehabilitación física, medicamentos especializados, prótesis auditivas, ortopédicas por ejemplo, para los niños, niñas con discapacidad era un peregrinar muchas veces sin respuesta, otras con dotación única, sin seguimiento y como consecuencia evolución lenta, sin mejoría o relevancia en el desarrollo integral, se dependía de la buena voluntad o corto presupuesto municipal.
Hoy con la LEY NUMERO 222, DE INTEGRACION PARA PERSONAS CON DISCAPACIDADES DIFERENTES DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, en el ARTICULO 3, es un derecho la asistencia médica y rehabilitatoria. Y en materia de salud las instituciones involucradas, los H. Ayuntamientos por ejemplo deberán ponerse las pilas para hacer funcional la aplicación de programas que INFORMEN, ASESOREN, ORIENTEN en la a cada caso, deberán crear prevención, atención y seguimiento comisiones municipales que coordinen el desarrollo de cada propuesta que obligadamente atienda las necesidades de personas con discapacidad motora por ejemplo: asegurar su desplazamiento instalación de rampas por mencionar algo simple y sencillo pero que de ahora en adelante todo edificio publico o privado debe garantizar el acceso sin barreras físicas (arquitectónicamente hablando), en el interior y exterior. Otra comisión sería la que este al tanto de los medicamentos necesarios para la terapia y rehabilitación de los escolares con necesidades educativas especiales asociadas a una discapacidad, las prótesis auditivas tan solicitadas, espacios de recreación, esto no quiere decir que la población adulta con discapacidad se margine, por supuesto que no, es solo por mencionar situaciones que pudieran facilitar una mejor organización para hacer efectiva toda esta serie de disposiciones que garantizan ahora por normatividad atender OBLIGADAMENTE, desde una atención preventiva hasta un trabajo protegido, con capacitación, difusión y organización. Estaremos pendientes por alguna duda. Pueden consultar GACETA OFICIAL LEY NUM. 222.
Estamos seguros entonces que pronto los alumnos y alumnas del CAM “Teocelo” tendrán su edificio ya concluído, digo yo que como hablamos de derechos esto sería lo digno. HASTA PRONTO.

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