Veronica Carrillo
El 16 de octubre de cada año se celebra el Día Mundial de la Alimentación. Desde la perspectiva de los derechos humanos, el derecho a la alimentación significa que todas las personas deben tener acceso físico y económico, de manera individual o colectiva, de forma regular y permanente, a una alimentación en cantidad y calidad adecuada y suficiente, y a los medios necesarios para producirla, de forma que se corresponda con las tradiciones culturales de cada población y que garantice una vida física y psíquica satisfactoria y digna. Este Derecho está reconocido en diversos instrumentos internacionales en los que México participa.
Sin embargo, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos no reconocía de manera explícita el Derecho a la alimentación. Sólo mencionaba en el artículo cuarto que “Los niños y las niñas tienen Derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación...” Ahora se elevó a rango constitucional el Derecho a la alimentación por lo que el relator especial de las Naciones Unidas sobre el Derecho a la Alimentación, Olivier de Schutter, aplaudió la promulgación de la reforma constitucional que reconoce este derecho.
¿Qué significado tiene esto? ¿Qué no tenemos todos el Derecho a alimentarnos lo diga o no la Constitución? ¿Qué no está más que sobreentendido? Pues ¡NO!
México incumplía el Acuerdo internacional de derechos económicos, sociales y culturales al no garantizar el Derecho a la alimentación ante el alza de precios de productos como la leche y la tortilla. Ahora el Estado Mexicano deberá diseñar una estrategia nacional reorientando las políticas públicas de desarrollo rural y agrícola, de salud y de comercio con base en el Derecho a la alimentación.
Olivier de Schutter, en su visita a México, expuso que “México se encuentra en una situación paradójica: acaba de adoptar una reforma constitucional para el Derecho a la alimentación pero enfrenta enormes retos a dos niveles distintos, por un lado tiene 18.5 millones de personas que son demasiado pobres para comer dignamente y la gran mayoría de este sector vive en las áreas rurales del país y por el otro, tiene la emergencia de la epidemia de la obesidad y el sobrepeso. En este país el 70% de los adultos presentan sobrepeso o son obesos y esto tiene severos impactos en las finanzas públicas, en cuanto a las horas de trabajo que se pierden y el sistema de salud enfrenta una presión mayor”.
Continuando con De Schutter: “El Derecho a la alimentación significa que lo que decida el gobierno debe orientarse a que se concentre en las poblaciones más vulnerables y que el gobierno debe ser el responsable de las políticas que se adopten. Debe aportar más transparencia en la rendición de cuentas y todos los esfuerzos deben orientarse a hacer más efectivo el Derecho a la alimentación. Los tribunales, las organizaciones no gubernamentales, la Comisión de los Derechos Humanos, ahora todos ya tienen una herramienta que pueden utilizar para pedirle al gobierno que justifique sus decisiones. En este sentido, yo espero que el Derecho a la alimentación pueda ayudar directamente a aquellas políticas para que se elimine la desnutrición y el hambre en este país y se combata efectivamente la obesidad y el sobrepeso”.
¿Y yo digo: “no que no tronabas pistoIita”? Es evidente que los compromisos internacionales a los que México está adherido terminaron por exigirle al Estado Mexicano a cambiar su política alimentaria si es que requiere de apoyos internacionales y para ello se presiona para que México cambie su política de desarrollo social sobre la alimentación. En teoría esto nos beneficia a todos, porque ahora sí ya no habrá pretextos para no eliminar los productos chatarra de la alimentación mexicana.
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