La bursatilización es un procedimiento moderno que significa emitir Certificados Bursátiles a través de la bolsa de valores para pedir dinero por adelantado a cambio de una parte de algún ingreso que se tendrá en el futuro. Obedece a proyectos neoliberales perfectamente diseñados, para que los “inversionistas” se apoderen del dinero público,
El gobernador Fidel Herrera aprovechó las buenas calificaciones que Veracruz recibió de Standard and Poor's y Moodys, (instituciones acreditadas internacionalmente para certificar las finanzas de entidades públicas y privadas) al valorar las finanzas públicas del estado, por lo que decidió colocar en la Bolsa Mexicana de Valores, bonos –no es como se dice que invitó a inversionistas– para usar hoy el dinero que del impuesto de la tenencia vehicular será obtenido por los próximos 28 años, porque la emisión fue hace 2 años.
Esto es, que el gobierno de Veracruz pidió un adelanto. ¿Con qué se respalda ese crédito? Con los ingresos futuros. Es decir, una parte de lo que se gane en los días por venir, independientemente de cuánto sea, no estará disponible para la inversión pública porque está destinado a pagar el dinero que se recibió en el pasado. ¿Significa eso que el gobierno de Veracruz se haya endeudado? Sí. Entonces, ¿por qué los gobernantes afirman que la emisión de Certificados no es deuda pública, si los ingresos futuros por concepto de tenencia no estarán disponibles? La respuesta está en los vacíos que crea el Derecho a la mexicana:
El Código Financiero del Estado de Veracruz señala, en el artículo 165, que “los fideicomisos bursátiles constituidos específicamente para emitir y colocar títulos en el mercado de valores tendrán la categoría de no paraestatales y que su operación interna será ajena a la normatividad aplicable a la administración pública estatal”. Estos fideicomisos operan sujetándose a lo previsto en el propio contrato del fideicomiso y a las disposiciones mercantiles, financieras y bursátiles correspondientes. La implicación técnica de lo anterior es que el deudor de esos bonos colocados en la Bolsa no es el gobierno, sino el fideicomiso creado para esos fines. Aunque conviene preguntarse, ¿con qué patrimonio se “endeudó” ese fideicomiso si no es con el del Estado? ¿De dónde sacará el fideicomiso para pagar si no es con dinero que el Estado dejará de recibir?
Cediendo sin conceder que no se trata de deuda pública ¿Qué significa que este fideicomiso no forme parte de la administración pública estatal y por tal razón no le sea aplicable la legislación pertinente? En Veracruz se presume que con la creación de este fideicomiso de la tenencia ingresaron 2,280 millones de pesos extras para obras de infraestructura, se habla de las ventajas que tendrán estos recursos frescos en el desarrollo del Estado. Disponer de más dinero para impulsar el desarrollo es más que bueno, aunque ¿con qué legislación se regulan los procedimientos de licitación, adjudicación y contratación de servicios y obra pública?
Los cuestionamientos ciudadanos son: primero, si le hacemos caso al Código Financiero, los fideicomisos son ajenos a la normatividad que regula la actividad estatal. Segundo, si buscamos en la legislación veracruzana (Artículo 1º de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado y mismo artículo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Publico) no reglamenta nada sobre la regulación de los fideicomisos bursátiles.
El fideicomiso opera con recursos públicos, así que ¿por qué tendrían que ser las normas mercantiles, financieras y bursátiles las que regulen lo que se hace con este dinero? Quién, cómo, con cuánto, por qué y con qué responsabilidades se operan recursos públicos, son preguntas que no deben quedar a la buena disposición del texto de un contrato, por más buena voluntad que tenga cualquier gobernante.
Tampoco es posible encontrar a los fideicomisos bursátiles en la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz y por consecuencia quedan fuera del ámbito de la Ley de Transparencia estatal. Hoy en día está en análisis desaparecer del esquema fiscal mexicano, el impuesto sobre tenencia vehicular. ¿Qué pasará entonces, de dónde se pagaría?
Nosotros los ciudadanos no conocemos los términos del contrato del Fideicomiso Público Irrevocable de Inversión, Fuente de Pago y Administración de los ingresos derivados del Fideicomiso Bursátil del Impuesto sobre Tenencia o uso de Vehículos. Sólo falta que se piense que existe alguna restricción para el poder legislativo federal (cuya competencia es exclusiva) para aprobar y derogar impuestos. Urge aclarar las indefiniciones en torno a estos fideicomisos y evitar usos excesivos del derecho a la mexicana. Innovemos e implementemos nuevas medidas de financiamiento de obras, pero a lo público tratémoslo como lo que es, público.
El gobernador Fidel Herrera aprovechó las buenas calificaciones que Veracruz recibió de Standard and Poor's y Moodys, (instituciones acreditadas internacionalmente para certificar las finanzas de entidades públicas y privadas) al valorar las finanzas públicas del estado, por lo que decidió colocar en la Bolsa Mexicana de Valores, bonos –no es como se dice que invitó a inversionistas– para usar hoy el dinero que del impuesto de la tenencia vehicular será obtenido por los próximos 28 años, porque la emisión fue hace 2 años.
Esto es, que el gobierno de Veracruz pidió un adelanto. ¿Con qué se respalda ese crédito? Con los ingresos futuros. Es decir, una parte de lo que se gane en los días por venir, independientemente de cuánto sea, no estará disponible para la inversión pública porque está destinado a pagar el dinero que se recibió en el pasado. ¿Significa eso que el gobierno de Veracruz se haya endeudado? Sí. Entonces, ¿por qué los gobernantes afirman que la emisión de Certificados no es deuda pública, si los ingresos futuros por concepto de tenencia no estarán disponibles? La respuesta está en los vacíos que crea el Derecho a la mexicana:
El Código Financiero del Estado de Veracruz señala, en el artículo 165, que “los fideicomisos bursátiles constituidos específicamente para emitir y colocar títulos en el mercado de valores tendrán la categoría de no paraestatales y que su operación interna será ajena a la normatividad aplicable a la administración pública estatal”. Estos fideicomisos operan sujetándose a lo previsto en el propio contrato del fideicomiso y a las disposiciones mercantiles, financieras y bursátiles correspondientes. La implicación técnica de lo anterior es que el deudor de esos bonos colocados en la Bolsa no es el gobierno, sino el fideicomiso creado para esos fines. Aunque conviene preguntarse, ¿con qué patrimonio se “endeudó” ese fideicomiso si no es con el del Estado? ¿De dónde sacará el fideicomiso para pagar si no es con dinero que el Estado dejará de recibir?
Cediendo sin conceder que no se trata de deuda pública ¿Qué significa que este fideicomiso no forme parte de la administración pública estatal y por tal razón no le sea aplicable la legislación pertinente? En Veracruz se presume que con la creación de este fideicomiso de la tenencia ingresaron 2,280 millones de pesos extras para obras de infraestructura, se habla de las ventajas que tendrán estos recursos frescos en el desarrollo del Estado. Disponer de más dinero para impulsar el desarrollo es más que bueno, aunque ¿con qué legislación se regulan los procedimientos de licitación, adjudicación y contratación de servicios y obra pública?
Los cuestionamientos ciudadanos son: primero, si le hacemos caso al Código Financiero, los fideicomisos son ajenos a la normatividad que regula la actividad estatal. Segundo, si buscamos en la legislación veracruzana (Artículo 1º de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado y mismo artículo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Publico) no reglamenta nada sobre la regulación de los fideicomisos bursátiles.
El fideicomiso opera con recursos públicos, así que ¿por qué tendrían que ser las normas mercantiles, financieras y bursátiles las que regulen lo que se hace con este dinero? Quién, cómo, con cuánto, por qué y con qué responsabilidades se operan recursos públicos, son preguntas que no deben quedar a la buena disposición del texto de un contrato, por más buena voluntad que tenga cualquier gobernante.
Tampoco es posible encontrar a los fideicomisos bursátiles en la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz y por consecuencia quedan fuera del ámbito de la Ley de Transparencia estatal. Hoy en día está en análisis desaparecer del esquema fiscal mexicano, el impuesto sobre tenencia vehicular. ¿Qué pasará entonces, de dónde se pagaría?
Nosotros los ciudadanos no conocemos los términos del contrato del Fideicomiso Público Irrevocable de Inversión, Fuente de Pago y Administración de los ingresos derivados del Fideicomiso Bursátil del Impuesto sobre Tenencia o uso de Vehículos. Sólo falta que se piense que existe alguna restricción para el poder legislativo federal (cuya competencia es exclusiva) para aprobar y derogar impuestos. Urge aclarar las indefiniciones en torno a estos fideicomisos y evitar usos excesivos del derecho a la mexicana. Innovemos e implementemos nuevas medidas de financiamiento de obras, pero a lo público tratémoslo como lo que es, público.
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