15 de septiembre de 2010

PLURINOMINALES DE VERACRUZ ¿LA ANTESALA DEL INTERINO?

Por: Carlos Lucio

Las figuras del rompecabezas político no encajan.

El cuestionado Instituto Electoral Veracruzano (IEV), adelanto el sábado catorce de agosto pasado el proceso de asignación de veinte diputaciones plurinominales.

Los partidos Revolucionario Institucional recibió nueve; el Acción Nacional, ocho; el de la Revolución Democrática, dos, y el de Convergencia por la Democracia, una.

El posicionamiento de las principales fuerzas políticas y electorales de la entidad, configuró el núme¬ro de diputaciones plurinominales en los primeros días de agosto anterior.

El escenario probable comprendía 25 diputaciones para el PRI, 16 al PAN, seis al PANAL, dos al PRD y una al PCD.

La manejable presidenta del Instituto Electoral Veracruzano (IEV), Carolina Viveros García, emitió comunicado en el que asentó que los partidos políticos Verde Ecologista de México, del Trabajo y Revolucionario Veracruzano, no participarían en la asignación de plurinominales, luego de perder el registro por no alcanzar el dos por ciento de la votación total del padrón electoral, de acuerdo a la cláusula de vida eterna contenida en el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (COFIPE).

La asignación de plurinominales fue impugnada ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial del Esta¬do de Veracruz (TEPJEV).

De acuerdo al documento del IEV, el PRI ganó veinte uninominales más nueve plurinominales haciendo un total de 29 diputaciones; el PAN, diez uninominales más ocho pluris, sumando 18, mientras el PRD, dos pluris y el PCD, una.

En este manoseado diseño quedó excluido el PANAL, el cual no perdió el registro local y obtuvo buena respuesta de sufragios en el sector educativo del Estado.

La tendencia del tribunal electoral veracruzano consiste en avalar calificaciones emitidas por el IEV, la cual sólo beneficia al candidato electo del PRI, Javier Duarte de Ochoa.

Las violaciones sistemáticas al Código Electoral 307 para el Estado de Veracruz, a la Constitución política del Estado de Veracruz, al Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (COFIPE) y a la Constitución Po¬lítica de los Estados Unidos Mexicanos, están a la orden del día.

La geografía electoral de Veracruz la conforman treinta diputaciones uninominales y veinte plurinominales, las cuales suman las cincuenta de la sexagésima segunda le¬gislatura local que entra en función el viernes cinco de noviembre del 2010.

Los departamentos jurídicos del PAN,PANAL, PCD y PRD, esperan el fallo del TEPJEV para iniciar los juicios de revisión constitucional y nulidad de elecciones ante la sala regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), con residencia en la ciudad capital del Estado de Veracruz.

La batalla por el dominio del congreso local entra a la etapa crítica.

Analicemos.

La fracción décima del artículo 255 del Código Electoral 307 para el Estado de Veracruz, establece que "en ningún caso el partido mayoritario se le asignarán más de cinco diputados por éste principio... (Plurinominales)".

EL cuarto párrafo del artículo 21 de la Constitución Política del Estado de Veracruz, asienta que cuan do el Congreso sea integrado por cincuenta o más diputados, al partido mayoritario no se le asignarán más de cinco diputados por el principio de representación proporcional.

La expresión partido mayoritario no sólo supone el triunfo del Partido Revolucionario Institucional y provoca ciertos dolores de cabeza al candidato electo, también ataques asmáticos al conflictivo gobernador de Veracruz.

Y las molestias físicas y sicosomáticas no son para menos.

El sentido del concepto partido mayoritario sólo es aplicable al partido político que obtenga la mayoría absoluta de 26 diputados plurinominales, de acuerdo a la resolución jurisdiccional emitida por el entonces Tribunal Federal Electoral (TRIFE), hoy Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

La tesis es clara.

No es partido mayoritario el que obtiene al mayor número de cúrales o el que gana el más elevado volumen de votos.

La sobrerrepresentación del PRI, otorgada mañosamente por el IEV y luego certificada por el moldeable TEPJEV, será impugnada por el PAN, PANAL, PCD y PRD.

Las deficiencias premeditadas y omisiones alevosas de la legislación electoral veracruzana, reforma¬da en julio del 2009, nunca estarán por encima de los principios constitucionales de la carta magna.

El conflictivo gobernador de Veracruz, busca en forma desesperada la mayoría calificada de la que será la sexagésima segunda legislatura.

Pretende crear una fuerza de contrapeso que le permita inclinar la votación del Congreso local a favor de la propuesta del gobernador interino, en el supuesto de que el TEPJF declare anuladas las elecciones celebradas el pasado primer domingo cuatro de julio del 2010.

Un análisis de Rodolfo Duarte Rivas sobre el reparto de plurinominales, publicado el jueves 19 de agosto en la página once "A" del diario AZXalapa, expone tres escenarios probables del TEPJF en relación al denominado Expediente Vera¬cruz.

El ex consejero propietario del Instituto Federal Electoral (IFE), apunta que el resolutivo final puede quedar en 26 diputaciones para el PRI, incluyendo unís y plurinominales; 19 para el PAN; dos para el PRD; tres para el PCD y una pa¬ra el PANAL.

Todos es cuestión de tiempo, ¿o no?

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