Cuando uno o varios vecinos se sienten afectados por ruidos, generalmente hablan de buena manera con quien los emite y en ocasiones esto basta para arreglar el problema. Pero otras veces, ni hablando con el causante de ruido, ni denunciando los hechos ante las Autoridades se resuelve la situación. Los afectados pueden entonces recurrir a Autoridades Estatales o Federales, según el caso. Muy pocos Ayuntamientos tienen reglamentos al respecto. Otros, los tienen, pero sencillamente, no los aplican.
En la Administración Municipal que Presidió en Coatepec el Lic. Diego Alfredo Hernández Alonso (2001-2004), se elaboró y se aplicó un reglamento que permitió atender muchas quejas de la ciudadanía, incluso se clausuraron una céntrica discoteca y un salón de fiestas ubicado frente al asilo de ancianos. Esta experiencia nos demuestra que con ciudadanos organizados y quejas bien sustentadas se pueden solucionar muchos casos. Lo que se requiere es voluntad por parte de las instancias encargadas de regular la contaminación en sus diversas formas. Evidentemente el ruido excesivo, es contaminación auditiva. La normatividad vigente en México indica que el nivel sonoro permitido es de 68 decibeles en horario de las 6 de la mañana a las 11 de la noche; y de 65 decibeles de las 11 de la noche a las 6 de la mañana.
Es muy importante señalar que quienes se quejan de ruido excesivo, no están en contra de la actividad comercial que requiera de equipos de sonido. Tampoco en Radio Teocelo y Alta Voz estamos en contra del derecho de todo ciudadano a buscar el sustento de manera legal. Lo que se pide a las Autoridades es que haya una regulación que evite afectar a la comunidad. Todos tenemos derecho a una sana convivencia y a descansar con absoluta tranquilidad. Los ayuntamientos Municipales, Protección Civil y la Secretaría de Salud están obligados a atender y a sancionar los casos denunciados. Pero esas dependencias requieren participación ciudadana y quejas bien fundamentadas para poder actuar.
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