16 de marzo de 2012
DENUNCIA POPULAR ANTE LA OPERACIÓN DE MINA CABALLO BLANCO EN ALTO LUCERO
La Asamblea Veracruzana de Iniciativas y Defensa Ambiental [La VIDA]
La sociedad civil este 14 de marzo en Xalapa extendió la DENUNCIA POPULAR sobre la mala operación de las corporaciones canadienses y mexicanas en el caso de la Mina Caballo Blanco, ubicada en el municipio de Alto Lucero. Una denuncia que ya fue presentada en la PROFEPA central en febrero pasado , pero que ante la falta de agilidad de las autoridades se acordó presentar ante la PROFEPA regional esperando que dicha institución reaccione de manera inmediata ante los hechos que violan las leyes ambientales y detenga la operación de la minera en la zona.
Entre los hechos que se denuncian están:
1) LA APERTURA DE CAMINOS Y ESTANQUES QUE AFECTAN LA CAPA FORESTAL.
La empresa omitió informar sobre la apertura de nuevos caminos en la zona de exploración, más aún, declararon falsamente ante la SEMARNAT que utilizarían caminos pre existentes. Sin embargo, para que la empresa pudiera efectuar la construcción de los socavones, abrió nuevos caminos y de dimensiones mayores a las permitidas. Este hecho se prueba con las imágenes históricas de google earth (2005, 2010 y 2011) que muestran como la empresa con sus actividades ha modificado la cubierta vegetal de manera considerable. Por otra parte, la empresa omitió informar sobre la instalación de los estanques de agua que usaría durante el proceso de perforación. Los estanques no fueron declarados en la “MIA SOCAVONES” y la empresa dolosamente omitió declararlos pues ello implicaría una serie de trámites ante CONAGUA y ante las Autoridades Forestales y ante la propia SEMARNAT para solicitar el cambio de uso de suelo pues su instalación está afectando la cubierta vegetal.
2) GENERACIÓN, MANEJO Y DISPOSICION DE RESIDUOS SOLIDOS, LIQUIDOS Y EMISIONES A LA ATMOSFERA
Para realizar las actividades de perforación se requiere el uso de agua y bentonita formando lodos de perforación, se sabe que el uso de estas sustancias (lubricantes y estabilizador térmico) es requerido para este tipo de actividad, pero la empresa ni lo declaró ni está efectuando un manejo y una debida disposición final de estas sustancias. Se han observado derrames de estos lodos en laderas y arroyos cercanos, lo cual pone en riesgo a la fauna silvestre del lugar.
3) DAÑOS A LAS ESPECIES DE FLORA BAJO PROTECCION Y ATENTADO AL EQUILIBRIO ECOLOGICO
En la zona de impacto por los caminos y socavones existen especies de plantas milenarias de hasta 3000 años de antigüedad, de las llamadas cícadas, como son Dioon edule y Zamia loddigesii quienes están bajo un status de protección de acuerdo a la NOM 059-SEMARNAT-2010. Dichas especies están siendo afectadas por las obras y actividades que está realizando la empresa, ocasionando el derribamiento y manejo inadecuado de algunos individuos, lo que viola el RESOLUTIVO emitido por la SEMARNAT que prohíbe la remoción de estas especies.
4). FALTA DE TRAMITES RELACIONADOS CON EL CAMBIO DE USO DE SUELO EN TERRENOS FORESTALES
La zona afectada por la construcción de los nuevos caminos y los socavones, presenta las características propias de los terrenos forestales pues se trata de una Sierra que soporta diversos bosques y selvas. Al identificar estos terrenos como forestales, la empresa requería de una serie de permisos antes de afectarlos, lo que da cuenta de que las actividades que está realizando la empresa están fuera de la ley:
1. Presentar la Manifestación del Impacto ambiental para el cambio de uso de suelo forestal, ante la SEMARNAT y la empresa no lo ha realizado.
2. Presentar solicitud del cambio del uso de suelo en terrenos forestales y contar con la opinión favorable del Consejo Estatal Forestal.
Con lo anterior quedan claros los hechos que violan tanto las leyes ambientales como el resolutivo condicionado que emitió la SEMARNAT, por lo que se pide la suspensión inmediata de las obras y actividades de exploración de la empresa so pena de que la propia PROFEPA pueda incurrir en responsabilidad por omisión y encubrimiento. Asimismo se exige de la SEMARNAT, la anulación de la autorización de la manifestación de impacto ambienta (MIA) que emitió toda vez que la empresa violó el propio resolutivo. También, se debe dar parte al Ministerio Público Federal porque la empresa y sus asesores han incurrido en la comisión de delitos federal al simular el cumplimiento de las obligaciones derivada de la normatividad ambiental federal.
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Te invitamos a ver el video PROYECTO MINERO CABALLO BLANCO VIOLA LA LEY en: http://www.youtube.com/watch?v=48bjYeuqItM
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